
Efecto Cocuyo: Caso Pdvsa-Cripto, una radiografía del proceso penal que inicia contra presuntos corruptos
El Ministerio Público inició una investigación sobre la trama de corrupción en Petróleos de Venezuela (Pdvsa) cinco meses antes –a finales de octubre– de que se conocieran las primeras detenciones de la Policía Nacional Anticorrupción (PNC), un cuerpo de seguridad poco conocido hasta hoy.
El Fiscal General bautizó el caso como “Pdvsa-Cripto”, por la vinculación del exsuperintendente de criptoactivos, Joselit Ramírez, en el “extravío” de ingentes recursos de la renta petrolera.
Efecto Cocuyo entrevistó a María Alejandra Poleo, especialista en ciencias penales, criminológicas y derechos humanos para revisar las actuaciones de la Fiscalía y de las autoridades judiciales en este caso contra presuntos corruptos.
También consultó a Luis Izquiel, abogado penalista y profesor de criminología, para conocer cuáles deben ser las fases de un proceso penal en líneas generales, según lo que establece la ley venezolana.
Aciertos e irregularidades en caso Pdvsa-Cripto
El Ministerio Público cumplió con el plazo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal (Copp) para desarrollar la investigación y concluir que hay elementos de convicción suficientes para solicitar una orden de aprehensión contra los supuestos implicados, opina Poleo.
El artículo 356 del Copp establece que cuando el proceso inicia de oficio, el Ministerio Público “luego de la investigación preliminar y la práctica de las diligencias tendientes a investigar y hacer constar la comisión del delito” solicitará al Tribunal proceder a convocar al imputado o imputada para la celebración de una audiencia de presentación.
Una audiencia atípica
Esta audiencia tuvo lugar la noche del martes 28 de marzo con la particularidad de que no se llevó a cabo en el Palacio de Justicia sino la sede de la Coordinación de Operaciones Aeronáutica del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), según informó el canal del Estado, VTV.
La audiencia se hizo en presencia del juez de control 2° contra la corrupción y el terrorismo, Carlos Liendo, y los fiscales 50 y 67 con competencia nacional, además de funcionarios de la defensa pública.
Consultada al respecto, Poleo considera que es una irregularidad. “Que por razones de seguridad o de orden público alguien decidió que la audiencia debía ser efectuada ahí es una cosa, pero esa no es la sede natural del tribunal. La conmoción del caso no es tal para no haber hecho la audiencia en el Palacio de Justicia”, señala.
“Lo que pasa es que es una práctica intimidatoria que utiliza el aparato de justicia del Estado para que eso sirva como un ejemplo para el resto de los funcionarios públicos y para hacer ver que el Estado está actuando con mano dura contra la corrupción”, agrega.
Tampoco se cumplió el lapso establecido en el Copp de 48 horas para la presentación de estas personas ante el tribunal. Los imputados fueron detenidos el viernes 17 de marzo, según un comunicado de la Policía Nacional Anticorrupción, y presentados la noche del 28 de marzo.
El abogado penalista Joel García también llamó la atención al respecto. “Presentados en horas de la noche ante un tribunal de control constituido en una sede policial, fuera del lapso de 48 horas, y sin derecho a designar abogado de confianza. Empieza con violación al debido proceso y seguro terminará igual”, cuestionó.
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